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En su análisis, el diputado presidente de esta comisión, Carlos Pavón Flores, mencionó que se realizaron modificaciones técnico legislativa para otorgar mayor claridad y precisión al contenido, entre las cuales se encuentran la de suprimir el término de "ofendido" por el de "víctima", así como "excarcelación" por "externación".
El también integrante de la fracción parlamentaria del PRI comentó que entre los aspectos de esta ley se destaca que todo el sistema penitenciario deja de estar en manos del poder Ejecutivo y pasa a un contexto judicial. Asimismo se nombra un juez de sentencia que pueda dar cauce a los derechos que tienen los internos.
Igual mencionó que con esta ley se sigue fortaleciendo el sistema de justicia penal yucateco, porque da continuidad a lo que se resuelve en el nuevo Código Procesal Penal, recientemente aprobado por unanimidad en esta legislatura, y además genera oportunidad para que las personas encarceladas puedan tener derecho a vida digna y acceder a un trabajo.
En la exposición de motivos se menciona que esta ley se basa en dos sistemas primordiales, la judicialización de las penas, con el objetivo de reducir la sobrepoblación en reclusorios a partir de la creación de los jueces de ejecución, quienes se encargarán de brindar alternativas de cumplimiento de sentencias fuera de la cárcel, en caso de ser legalmente procedente, y la reinserción social, que viene a sustituir el obsoleto y desgastado concepto de la readaptación en la exclusión social.
Otro de los objetivos de esta nueva ley es lograr que de manera efectiva los procesados no convivan con los sentenciados, en tanto se encuentren sujetos a la prisión preventiva, evitar las consecuencias que persiguen a la estigmatización por encontrarse en un centro penitenciario, aun cuando la sentencia sea finalmente absolutoria.
Además se contempla que una vez que se aplica la privación de libertad como sanción en la sentencia condenatoria, va a tener lugar la aplicación del tratamiento penitenciario que tiene como finalidad lograr la reinserción social, para reintegrar al sujeto a la convivencia dentro de la sociedad, respetando la normatividad implementada. Para ello, se consideran los siguientes elementos: Trabajo, Capacitación para el mismo, Educación, Deporte y Salud.
La creación de este marco normativo específico permitirá garantizar la seguridad y el adecuado funcionamiento de los centros penitenciarios estatales, bajo un régimen de disciplina estricto pero respetuoso de los derechos humanos, facilitando, a la vez, una administración eficiente, transparente y coordinada con todas las autoridades involucradas en el tema penitenciario.
La iniciativa de esta ley, que empezó a ser analizada desde la semana pasada, cuenta con 5 títulos, 256 artículos y 16 transitorios. Además Se encuentra signada por la gobernadora del Estado de Yucatán, Ivonne Ortega Pacheco; el presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial; y Víctor Manuel Sánchez Álvarez, Secretario General de Gobierno.
Yuridia Canseco Manzanilla
Jefe de Prensa de la Fracción Parlamentaria del PRI

DESECHADA UNA PROPUESTA POR INCONSTITUCIONAL
Las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación y la de Desarrollo Económico y Fomento al Empleo desecharon por mayoría la iniciativa de Ley que Regula las Casas de Empeño en el Estado, presentada por el diputado Renán Alberto Concha (PAN), en virtud que dicha regulación y los contratos de mutuo con interés y garantía prendaria, son competencia del Congreso de la Unión.
Después de realizar un análisis serio de marco jurídico federal, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, Víctor Caballero Durán, expresó que se llegó a la conclusión de que legislar en el ámbito local sobre los actos de comercio de los establecimientos mercantiles constituidos por leyes federales, conocidos como casas de empeño, y su funcionamiento, es inconstitucional, puesto que se estarían invadiendo esferas de competencia establecidas en el artículo 73, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
En ese apartado se establece claramente que es el Congreso de la Unión el facultado para legislar en materia de comercio tal y como se materializó en el artículo 75, fracción X, del Código de Comercio reputa como actos de comercio las actividades de las empresas antes mencionadas.
Los contratos de mutuo con interés y garantía prendaria son el instrumento jurídico empleado por la casas de empeño para la realización de sus actividades. De manera que los actos que realizan las casas de empeño son actos de comercio, de conformidad con la reforma publicada el seis de junio de dos mil seis en el Diario Oficial de la Federación.
De tal forma que se puede observar que, desde el 6 de junio de 2006, existen una serie de disposiciones sobre la regulación de las operaciones o contrataciones de mutuo con interés y garantía prendaria.
De hecho, los artículos 65 Bis y 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, establecen la información que las casas de empeño deberán ofrecer a sus clientes así como las sanciones al incumplimiento de aquellas lo que demuestra que ya existe una regulación sobre el tema.
Asimismo, el estudia arroja que la Secretaría de Economía publicó el uno de noviembre de dos mil siete en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-179-SCFI-2007 denominada "Servicios de mutuo con interés y garantía prendaria".
Dicha norma dispone los requisitos de información comercial que deben proporcionarse en los servicios de mutuo con interés y garantía prendaria, así como los elementos de información que debe contener el contrato que se utilice para formalizar la prestación de estos servicios, el campo de aplicación, definiciones, disposiciones generales, información que se deberá proporcionar al consumidor y los requisitos del contrato.
Durante el análisis, los diputados del PRI Carlos Pavón Flores, Adolfo Calderón Sabido, Martha Góngora Sánchez y Mauricio Sahuí, consideraron que es responsabilidad del Congreso del Estado garantizar la constitucionalidad de las leyes que se aprueban.
De hecho, el diputado Barrera Concha, autor de la iniciativa en discusión, reconoció que su propuesta, al pretender establecer montos en las tasas de interés a los usuarios de esos servicios, entraba en el ámbito del comercio, lo que es de competencia federal.
El diputado, Carlos Pavón Flores (PRI), apuntó que es claro que la iniciativa presentada era Inconstitucional, que tiene como fin proteger a las personas que acuden a esas casas de empeño pero, observó, hay instancias federales a quienes les compete esa labor.
Pavón Flores dijo que si estas instancias no están haciendo su trabajo, no es competencia del Estado hacerlas ya que violarían lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En su intervención, la diputada Góngora Sánchez (PRI) afirmó que no se puede cometer errores jurídicos que ocasionen deriven en otros procesos como los amparos ya que la constitución tiene bien definidas las facultades que pueden tener las Entidades federativas sobre el tema.
Calderón Sabido (PRI) dijo que compartía la preocupación de Barrera Concha en el tema de las casas de empeño, pero coincidí con sus compañeros de bancada que afirmaban que la Constitución es clara al delimitar las áreas de competencia sobre esos establecimientos.
Por su parte, el coordinador de la bancada del PRI, Sahuí Rivero sostuvo que la ley es muy clara y no obedecía a caprichos, por lo tanto habría que apegarse a lo que marca la Constitución Federal.
Después del debate sobre la viabilidad de aprobar la iniciativa, se procedió a leer el dictamen que rechazaba la procedencia del proyecto de ley presentado, el cual fue aprobado por mayoría.
Posteriormente, los integrantes de las comisiones dictaminadoras acordaron emitir un Punto de Acuerdo para que el Congreso del Estado exhorte al Poder Ejecutivo Federal para que a través de la Secretaría de Economía y la Procuraduría Federal del Consumidor, en el ámbito de sus atribuciones ordenen una verificación exhaustiva y permanente de los establecimientos denominados "casas de empeño" que funcionan en el Estado de Yucatán, a fin de proteger a las personas de posibles abusos por parte de estos comercios.
Al ponerse a discusión el Punto de Acuerdo, el diputado Barrera Concha, quien había propuesto regular a las casas de empeño, se manifestó en contra del planteamiento para que las autoridades federales competentes actúen para proteger a quienes acuden a esos sitios para hacer préstamo a cambio de dejar un artículo en garantía.
El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Caballero Durán, señaló que el tema de las casas de empeño tenía que ser viable constitucionalmente para ser aprobado.
Sin embargo, subrayó, que por tratarse de un asunto que comparte la preocupación de los legisladores locales se determinó emitir el exhorto para que las autoridades que tienen injerencia actúen. El punto de acuerdo fue aprobado por mayoría.
Acudieron a la sesión los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales: Víctor Caballero Durán, Martha Góngora Sánchez, Carlos Pavón Flores, Adolfo Calderón Sabido, Omar Corzo Olán y Renán Barrera Concha.
Por la de Desarrollo Económico y Fomento al Empleo: presidente, Roberto Rodríguez Asaf; Elsy María Sáenz Pérez, Tito Sánchez Camargo, Mauricio Sahuí Rivero y Jorge Várguez Canul.
--Israel Medina CastilloCoordinador de Comunicación Social
"Iniciamos el cuarto período ordinario de sesiones haciendo un compromiso de trabajo serio y congruente con las necesidades de la ciudadanía y de la entidad, revisando todo el marco jurídico, resaltando el tema de límites territoriales y una iniciativa que presentará la bancada de nuestro partido", expresó.
Agregó que durante este periodo se abordará el tema de los problemas limítrofes entre varios municipios, como es el caso de Mérida y Kanasín, será analizado y resuelto en este periodo legislativo.
"Urge solucionar esta situación para delimitar derechos y responsabilidades de una vez por todas, y que con esto los habitantes reciban la atención debida y cuenten con los servicios de calidad que se merecen", destacó el también presidente de la comisión permanente de Justicia y Seguridad Pública en la LIX legislatura.
Además comentó que la agenda legislativa está enfocada incansablemente en el marco jurídico, privilegiando seis ejes rectores: Seguridad y Justicia, Fiscalización, Reforma Penal, Transparencia Gubernamental, Municipalismo y Garantías Institucionales.
Todo lo anterior, lo manifestó ante habitantes de Thadzibichén, donde cerró con broche de oro los festejos del Día del Niño y de la Madre, con la grabación del programa de "Pillín y sus Amigos", que próximamente será transmitido por el canal 13 local.
Niños y mamás participaron con mucho entusiasmo en los concursos realizados por el protagonista del programa. Al término del mismo, el legislador entregó un reconocimiento al payaso "Pillín", por su destacada participación en el evento.
En el evento, Pavón Flores, repartió bonitos presentes a las mamás y juguetes a los infantes, además de que saborearon deliciosos refrigerios.
Acompañaron al diputado, el comisario, Manuel Jesús Cob Canul; Henry Blanco, delegado del Comité Municipal del PRI; Edgar Escalante, coordinador de comisarías; Zoila Triay, enlace de comisarías, y su equipo del sexto distrito.
Yuridia Canseco Manzanilla
Jefe de Prensa de la Fracción Parlamentaria del PRI

Yucatán se convierte en el tercer estado de todo el país, en contar con un nuevo Código Procesal Penal, tras la aprobación unánime del dictamen que se puso a consideración de los 25 diputados que integran la LIX Legislatura local durante la sesión ordinaria que se llevó a cabo este miércoles.
Al igual que Oaxaca y Chihuahua, el Estado cuenta a partir de hoy con un Código Procesal Penal que da cumplimiento al compromiso de construir un marco jurídico acorde a los tiempos actuales.
El diputado del PRI, Carlos Pavón Flores, presidente de la comisión de Justicia y Seguridad Pública, señaló en la tribuna legislativa, que con la aprobación del dictamen Yucatán hace historia y se pone a la vanguardia en el país.
"El Código Procesal Penal será un modelo a seguir en otras entidades de la república, hemos dado pasos muy importantes para llegar al día de hoy, y este Código será la columna vertebral del nuevo Sistema Penal Acusatorio en Yucatán".
Algunos de los contenidos novedosos del Código son los siguientes: establece como principios fundamentales del proceso penal la oralidad, presunción de inocencia, continuidad, concentración, publicidad, inmediación y la contradicción; así como otros principios relevantes como el de igualdad procesal, de cosa juzgada, juez natural e independiente.
En el caso de la oralidad, no solo será utilizada en las audiencias, sino en todos los actos procesales y de investigación.
Se dispone la existencia de medios para proteger y conservar el registro de los actos procesales y de investigación, como la grabación de imágenes y sonidos, sobre las cuales el juez deberá garantizar fidelidad, integridad, conservación y reproducción de su contenido; así como el acceso a los mismos.
Las notificaciones personales se realizarán en las mismas audiencias en las que fueron dictadas, de tal forma que las partes conocerán las resoluciones del juez en el mismo momento en que se dicten; además, las peticiones realizadas en las audiencias se deberán resolver en las mismas antes de que sean declaradas cerradas e inmediatamente después de concluido el debate.
De igual forma, se establece una distinción entre la acción penal y la acción para obtener la reparación del daño, de tal manera que, incluso, pueden ser tratadas en procedimientos diferentes y con resoluciones en sentido diverso. También existe la posibilidad de que la víctima inicie procedimientos penales por delitos de acción penal privada, aun sin intervención del Ministerio Público.
El legislador Pavón Flores señaló que con la aprobación del dictamen se dio un paso importante en la búsqueda de un Yucatán más seguro y más justo.
"Hoy aprobamos el cimiento que sostendrá firmemente la balanza de la justicia con una visión protectora de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos de este Estado", concluyó.
Es importante mencionar que el dictamen aprobado surgió de un censo entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial, que de la mano con Universidades, Escuelas de Derecho, Asociaciones, Colegios, Barras de Abogados y de organismos privados y de la sociedad civil, que conforman el Comité de Consulta en materia de Seguridad y de Justicia del Consejo Consultivo para la Actualización del Orden Jurídico Estatal, lograron aterrizar el contenido de su trabajo en la iniciativa.
El Código Procesal Penal para el Estado de Yucatán está conformado por 446 artículos divididos en 3 Libros y 10 artículos transitorios, y entrará en vigor el 15 de noviembre, previa publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, y sus disposiciones se aplicarán gradualmente hasta abarcar los tres Departamentos Judiciales del Estado de Yucatán, de acuerdo a la distribución que, mediante acuerdos generales, emita el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán.
Para los efectos de la transición del sistema mixto al sistema acusatorio, el Código de Procedimientos en materia Penal del Estado de Yucatán publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el día 15 de diciembre de 1994, seguirá empleándose hasta en tanto se apliquen en todo el territorio del Estado las disposiciones del nuevo Código y se concluyan todos los procesos iniciados antes de la entrada en vigor del mismo, en el departamento o región respectivo.
Yuridia Canseco Manzanilla
Jefe de Prensa de la Fracción Parlamentaria del PRI