Con el fin de dar un paso importante de vanguardia jurídica para el estado de Yucatán, los diputados integrantes de la Comisión permanente de Justicia y Seguridad Pública, aprobaron por mayoría la Ley de Justicia Constitucional para el Estado de Yucatán.
El presidente de la Comisión, Carlos Pavón Flores, explicó que el nuevo ordenamiento pretende un equilibrio de poderes, además de que establece cuatro mecanismos de orden local, los cuales son: controversia constitucional, acciones de inconstitucionalidad, figuras nuevas de control previo y omisión legislativa.
En la exposición de motivos de este dictamen se mencionó que se propone establecer el Principio de Supremacía de la Constitución Local, con el que se confirma a la Constitución Local como la Norma Suprema, fuente de validez de todo el orden jurídico estatal, a la que deben ceñirse todos los actos, de ley y disposiciones generales de las autoridades del Estado.
Igualmente, se reconoce al Tribunal Superior de Justicia como un órgano de jurisdicción constitucional, de vocación y con atribuciones diferentes a la jurisdicción ordinaria que conocen los magistrados integrantes del Tribunal Superior, que lo constituye en auténtico Tribunal Constitucional.
También establece que la Acción de Inconstitucionalidad Local es un procedimiento que tiene por objeto resolver la posible contradicción entre una norma de carácter general y la Constitución Local, con el fin de invalidar la norma general impugnada y que prevalezca el mandato constitucional.
Ante el voto en contra del PAN, la diputada del PRI Martha Góngora Sánchez mencionó que hay que aprobar la ley para cumplir con la formalidad legislativa, y en caso de que la controversia promovida por la PGR no sea a favor del estado, se tomarán las medidas y se realizarán las reformas conducentes.
Pavón Flores mencionó que con dicha aprobación se está dando un gran paso en la materia constitucional del Estado de Yucatán, ya que no todas las entidades del país tienen dichos controles, por lo que el congreso local está demostrando la actitud de poder sacar adelante leyes de avanzada.
Además en la misma comisión los diputados aprobaron por unanimidad diversas modificaciones a los artículos de las leyes del Instituto de la Defensa Pública, de la Fiscalía General y la de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios.
En la exposición de motivos de este dictamen se asevera que hasta en tanto no entre en vigor el Sistema Procesal Penal Acusatorio y Oral y se publique la Declaratoria a que se refiere el artículo segundo transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del decreto de fecha 18 de junio de 2008, quedaran vigentes los Departamentos Judiciales del Estado, que el reglamento de la Ley del Instituto de Defensa Pública y demás disposiciones aplicables, quedarán abrogados una vez que el Código Procesal Penal entre en vigor y se concluya los procedimientos iniciados conforme a lo previsto en la anterior ley adjetiva.
El presidente de la Comisión, Carlos Pavón Flores, explicó que el nuevo ordenamiento pretende un equilibrio de poderes, además de que establece cuatro mecanismos de orden local, los cuales son: controversia constitucional, acciones de inconstitucionalidad, figuras nuevas de control previo y omisión legislativa.
En la exposición de motivos de este dictamen se mencionó que se propone establecer el Principio de Supremacía de la Constitución Local, con el que se confirma a la Constitución Local como la Norma Suprema, fuente de validez de todo el orden jurídico estatal, a la que deben ceñirse todos los actos, de ley y disposiciones generales de las autoridades del Estado.
Igualmente, se reconoce al Tribunal Superior de Justicia como un órgano de jurisdicción constitucional, de vocación y con atribuciones diferentes a la jurisdicción ordinaria que conocen los magistrados integrantes del Tribunal Superior, que lo constituye en auténtico Tribunal Constitucional.
También establece que la Acción de Inconstitucionalidad Local es un procedimiento que tiene por objeto resolver la posible contradicción entre una norma de carácter general y la Constitución Local, con el fin de invalidar la norma general impugnada y que prevalezca el mandato constitucional.
Ante el voto en contra del PAN, la diputada del PRI Martha Góngora Sánchez mencionó que hay que aprobar la ley para cumplir con la formalidad legislativa, y en caso de que la controversia promovida por la PGR no sea a favor del estado, se tomarán las medidas y se realizarán las reformas conducentes.
Pavón Flores mencionó que con dicha aprobación se está dando un gran paso en la materia constitucional del Estado de Yucatán, ya que no todas las entidades del país tienen dichos controles, por lo que el congreso local está demostrando la actitud de poder sacar adelante leyes de avanzada.
Además en la misma comisión los diputados aprobaron por unanimidad diversas modificaciones a los artículos de las leyes del Instituto de la Defensa Pública, de la Fiscalía General y la de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios.
En la exposición de motivos de este dictamen se asevera que hasta en tanto no entre en vigor el Sistema Procesal Penal Acusatorio y Oral y se publique la Declaratoria a que se refiere el artículo segundo transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del decreto de fecha 18 de junio de 2008, quedaran vigentes los Departamentos Judiciales del Estado, que el reglamento de la Ley del Instituto de Defensa Pública y demás disposiciones aplicables, quedarán abrogados una vez que el Código Procesal Penal entre en vigor y se concluya los procedimientos iniciados conforme a lo previsto en la anterior ley adjetiva.





