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lunes, 23 de mayo de 2011

DESECHADA UNA PROPUESTA POR INCONSTITUCIONAL DE UN DIPUTADO PANISTA

DESECHADA UNA PROPUESTA POR INCONSTITUCIONAL 


Las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación y la de Desarrollo Económico y Fomento al Empleo desecharon por mayoría la iniciativa de Ley que Regula las Casas de Empeño en el Estado, presentada por el diputado Renán Alberto Concha (PAN), en virtud que dicha regulación y los contratos de mutuo con interés y garantía prendaria, son competencia del Congreso de la Unión.

 

Después de realizar un análisis serio de marco jurídico federal, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, Víctor Caballero Durán, expresó que se llegó a la conclusión de que legislar en el ámbito local sobre los actos de comercio de los establecimientos mercantiles constituidos por leyes federales, conocidos como casas de empeño,  y su funcionamiento,  es inconstitucional, puesto que  se estarían invadiendo esferas de competencia establecidas en el artículo 73, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

 

En ese apartado se establece claramente que es el  Congreso de la Unión  el facultado para legislar en materia de comercio tal y como se materializó en el artículo 75, fracción X, del Código de Comercio reputa como actos de comercio las actividades de las empresas antes mencionadas.

 

Los contratos de mutuo con interés y garantía prendaria son el instrumento jurídico empleado por la casas de empeño para la realización de sus actividades. De manera que los actos que realizan las casas de empeño son actos de comercio, de conformidad con la reforma publicada el seis de junio de dos mil seis en el Diario Oficial de la Federación.

 

De tal forma que se puede observar que, desde el  6 de junio de 2006,  existen una serie de disposiciones sobre la regulación de las operaciones o contrataciones de mutuo con interés y garantía prendaria.

 

De hecho, los artículos 65 Bis y 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor,  establecen la información que las casas de empeño deberán ofrecer a sus clientes así como las sanciones al incumplimiento de aquellas lo que demuestra que ya existe una regulación sobre el tema.

 

Asimismo, el estudia arroja que la Secretaría de Economía publicó el uno de noviembre de dos mil siete en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-179-SCFI-2007 denominada "Servicios de mutuo con interés y garantía prendaria".

 

Dicha norma dispone los requisitos de información comercial que deben proporcionarse en los servicios de mutuo con interés y garantía prendaria, así como los elementos de información que debe contener el contrato que se utilice para formalizar la prestación de estos servicios, el campo de aplicación, definiciones, disposiciones generales, información que se deberá proporcionar al consumidor y los requisitos del contrato.

 

Durante el análisis, los diputados del PRI Carlos Pavón Flores, Adolfo Calderón Sabido, Martha Góngora Sánchez y Mauricio Sahuí, consideraron que es responsabilidad del Congreso del Estado garantizar la constitucionalidad de las leyes que se aprueban.

 

De hecho, el diputado Barrera Concha, autor de la iniciativa en discusión, reconoció que su propuesta, al pretender establecer montos en las tasas de interés a los usuarios de esos servicios, entraba en el ámbito del comercio, lo que es de competencia federal.

 

El diputado, Carlos Pavón Flores (PRI), apuntó que es claro que la iniciativa presentada era Inconstitucional, que tiene como fin proteger a las personas que acuden a esas casas de empeño pero, observó, hay instancias federales a quienes les compete esa labor.

 

Pavón Flores dijo que si estas instancias no están haciendo su trabajo, no es competencia del Estado hacerlas ya que violarían lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

En su intervención, la diputada Góngora Sánchez (PRI) afirmó que no se puede cometer errores jurídicos que ocasionen deriven en otros procesos como los amparos ya que la constitución tiene bien definidas las facultades que pueden tener las Entidades federativas sobre el tema.

 

Calderón Sabido (PRI) dijo que compartía la preocupación de Barrera Concha en el tema de las casas de empeño, pero coincidí con sus compañeros de bancada que afirmaban que la Constitución es clara al delimitar las áreas de competencia sobre esos establecimientos.

 

Por su parte, el coordinador de la bancada del PRI, Sahuí Rivero sostuvo que la ley es muy clara y no obedecía a caprichos, por lo tanto habría que apegarse a lo que marca la Constitución Federal.

 

Después del debate sobre la viabilidad de aprobar la iniciativa, se procedió a leer el dictamen que rechazaba la procedencia del proyecto de ley presentado, el cual fue aprobado por mayoría. 

 

Posteriormente, los integrantes de las comisiones dictaminadoras acordaron emitir un Punto de Acuerdo para que el Congreso del Estado exhorte al Poder Ejecutivo Federal para que a través de la Secretaría de Economía y la Procuraduría Federal del Consumidor, en el ámbito de sus atribuciones ordenen una verificación exhaustiva y permanente de los establecimientos denominados "casas de empeño" que funcionan en el Estado de Yucatán, a fin de proteger a las personas de posibles abusos por parte de estos comercios.

 

Al ponerse a discusión el Punto de Acuerdo, el diputado Barrera Concha, quien había propuesto regular a las casas de empeño, se manifestó en contra del planteamiento para que las autoridades federales competentes actúen para proteger a quienes acuden a esos sitios para hacer préstamo a cambio de dejar un artículo en garantía.

 

El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Caballero Durán, señaló que el tema de las casas de empeño tenía que ser viable constitucionalmente para ser aprobado.

 

Sin embargo, subrayó, que por tratarse de un asunto que comparte la preocupación de los legisladores locales se determinó emitir el exhorto para que las autoridades que tienen injerencia actúen. El punto de acuerdo fue aprobado por mayoría.

 

Acudieron a la sesión los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales: Víctor Caballero Durán, Martha Góngora Sánchez, Carlos Pavón Flores, Adolfo Calderón Sabido, Omar Corzo Olán y Renán Barrera Concha.

 

Por la de Desarrollo Económico y Fomento al Empleo: presidente, Roberto Rodríguez Asaf; Elsy María Sáenz Pérez, Tito Sánchez Camargo, Mauricio Sahuí Rivero y Jorge Várguez Canul.

 


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Israel Medina Castillo
Coordinador de Comunicación Social

@CongresoYucatan conocerá punto de acuerdo aprobado en la Comisión de Puntos Constit. para exhortar al Poder Ejecutivo Federal para que cumplan con su obligación de vigilar el funcionamiento de las "Casas de Empeño" en el Estado de Yucatán.

ACUERDO:
ARTÍCULO ÚNICO.- El H. Congreso del Estado de Yucatán, exhorta al Poder Ejecutivo Federal para que a través de la Secretaría de Economía y la Procuraduria Federal del Consumidor, en el ámbito de sus atribuciones órdenen una verificación exhaustiva y permanente de los establecimientos denominados "Casas de Empeño" que funcionan en el Estado de Yucatán, a fin de proteger a las personas de posibles abusos por parte de estos comercios.

La Comisión de Puntos Const. aprueba el dictamen en el que se desecha por INCONSTITUCIONAL la iniciativa que presento el Dip. Barrera (PAN) que fue un copia y pega de Colima, sólo que no checo todas las resoluciones jud. en contra que género en ese Estado

Por más que se le explica al Dip. Barrera las razones jurídicas por lo que no es procedente la iniciativa que presento denominada "Ley que Regula las Casas de Empeño en el Estado de Yucatán", no lo entiende y esta encaprichado supongo que por su protagonismo excesivo; el tema de esa iniciativa es facultad exclusiva del Congreso de la Unión.

Esto es, que independientemente que el Estado de Yucatán observe que PROFECO no hace su trabajo de vigilar y sancionar a las casas de empeño que actúen fuera del marco jurídico federal, no puede optar de autodesignarse atribuciones que son del orden federal y mucho menos legislar un tema del orden federal.

Aca les comparto el acuerdo, que surge después de todo un legajo de consideraciones:

ACUERDO:
El H. Congreso del Estado de Yucatán, desecha la iniciativa de Ley que Regula las Casas de Empeño en el Estado de Yucatán, presentada por el Diputado Renan Alberto Barrera Concha, en virtud de que la regulación de las casas de empeño y los contratos de mutuo con interés y garantía prendaria, son competencia del H. Congreso de la Unión, de conformidad con lo establecido en el artículo 73, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que dicha fracción establece como facultad del Congreso de la Unión el legislar en toda la República sobre la materia de comercio.